Llegué a FZ con 38.000€ de deudas entre tarjetas y un préstamo personal que no podía asumir después de quedarme en paro. Juan me explicó desde la primera reunión que mi caso encajaba en Segunda Oportunidad y en 8 meses tenía el auto de exoneración. El día que dejaron de llamarme los del banco lloré.
Cancela tus deudas legalmente y recupera tu tranquilidad en Madrid y Vigo
Si las deudas te superan, la ley te protege. Somos abogados colegiados especialistas en el procedimiento concursal de persona física. Estudiamos tu caso sin compromiso y te decimos con honestidad si puedes acogerte.
Hay salida legal, aunque ahora mismo no la veas
Llamadas a horas imposibles. Cartas que ya no abres. Un ingreso que llega y se va antes de haber empezado a pagar. Si llevas meses pagando solo para no ahogarte más, el problema no es tuyo: es matemático. Y tiene solución legal en España desde 2015.
La Ley de Segunda Oportunidad te permite cancelar lo que debes a bancos, financieras, proveedores, Hacienda y Seguridad Social mediante un procedimiento judicial reconocido. No es una quita. No es una negociación privada. Es una exoneración judicial con efectos plenos.
Cómo cancelamos tus deudas en 4 fases
Desde la primera llamada hasta la sentencia de exoneración. Te acompañamos en cada paso y te avisamos antes de cada hito.
Estudio de viabilidad
Analizamos tu situación patrimonial, deudas e ingresos. En 24–48 horas te decimos si cumples los requisitos legales y qué modalidad te conviene.
Preparación del expediente
Recopilamos documentación, redactamos la solicitud de concurso y elaboramos el inventario de acreedores. Tú solo aportas lo que te pedimos.
Presentación y admisión
Presentamos la solicitud ante el juzgado mercantil competente. Desde la admisión a trámite, se paralizan las acciones de cobro y embargos.
Exoneración judicial
El juez dicta el auto de exoneración del pasivo insatisfecho. Las deudas exoneradas se cancelan definitivamente y desapareces del ASNEF.
Nuestras áreas de especialización
Nos dedicamos exclusivamente a derecho concursal y Ley de Segunda Oportunidad. No hacemos otra cosa. Esa especialización es lo que nos permite resolver casos complejos.
Cancelar deudas particulares
Para asalariados, pensionistas y desempleados. Cancelamos deudas con bancos, financieras, tarjetas revolving, proveedores y alquileres impagados.
Ver servicioCancelar deudas autónomos
Procedimiento específico para autónomos con deudas mixtas: bancarias, de proveedores, Hacienda y Seguridad Social. Con foco en lo exonerable.
Ver servicioEliminar ASNEF
Salida del fichero ASNEF tras la exoneración concursal. También gestionamos inclusiones indebidas o prescritas mediante tutela de derechos.
Ver servicioParalizar embargos
Detenemos embargos de nómina, pensión, cuentas bancarias e inmuebles desde la admisión a trámite del concurso. Actuación urgente disponible.
Ver servicioNegociar con acreedores
Acuerdos extrajudiciales cuando no llegas a los requisitos del concurso o quieres evitar la vía judicial. Quitas, esperas y refinanciaciones.
Ver servicio¿No sabes qué servicio te corresponde?
Envíanos un resumen de tu caso y te orientamos. Sin compromiso y sin presión comercial.
Contactar ahoraDos abogados colegiados especializados en concursal y fiscal
Juan M. Vidal Boso
Derecho mercantil y concursal
ICA Vigo Nº 4085
Especializado en procedimientos concursales de persona física desde la entrada en vigor de la Ley 25/2015. Dirige la estrategia procesal de cada expediente y asume la representación directa ante juzgados mercantiles.
Ver perfil profesional
Almudena Carracedo Troncoso
Derecho fiscal y tributario
ICA Vigo Nº 4022
Responsable del análisis de deudas tributarias y con Seguridad Social dentro de cada expediente de Segunda Oportunidad. Su trabajo es clave para autónomos con deudas mixtas.
Ver perfil profesionalOficinas en Madrid y Vigo, servicio online en toda España
Atendemos presencialmente en nuestras dos oficinas y por videollamada en el resto del país. El procedimiento concursal es el mismo en toda España.
Así cambiaron su vida clientes con caso ya resuelto
Historias reales de personas que pasaron por el procedimiento de Segunda Oportunidad con nosotros. Cada caso es distinto — el tuyo también lo será.
Soy autónomo del sector servicios y cerré la actividad con deudas con Hacienda y Seguridad Social además de dos bancos. Almudena fue muy clara con lo que era exonerable y lo que no, sin venderme humo como en otros sitios. Al final cancelé más del 80% de lo que debía. Gente honesta.
Muy atentos desde el minuto uno. Me atendieron por videollamada desde Móstoles sin tener que desplazarme a Madrid. Me resolvieron muchas dudas antes de decidir y me avisaban cada vez que había un movimiento en el juzgado. Embargo de nómina paralizado en mes y medio.
El proceso es largo como avisan desde el principio, pero a mí me duró 7 meses desde que presentamos la solicitud. Hubiera agradecido un poco más de comunicación en las primeras semanas de espera, pero cuando les escribía siempre respondían el mismo día. Recomiendo.
Había ido antes a una de esas empresas que salen en televisión que te prometen la luna y me sacaban 4.000€ sin explicarme nada. En FZ me dieron presupuesto cerrado desde la primera llamada y todo por escrito. Caso cerrado y ya respiro.
Nos quedamos sin nada cuando cerró el bar, mi mujer y yo. Dos hipotecas, avales cruzados y 60.000€ en proveedores. Pensábamos que no había salida hasta que Juan nos explicó la modalidad con plan de pagos. Mantuvimos la vivienda y cancelamos casi toda la deuda.
Lo que probablemente te estás preguntando
Respondemos con lo que la ley dice, no con lo que te gustaría oír. Si después de leer esto te surgen más dudas, consulta la página de preguntas frecuentes o escríbenos.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo deudas con Hacienda y Seguridad Social?
Sí. Desde la reforma de 2022 (Ley 16/2022), las deudas con Hacienda y Seguridad Social son exonerables hasta 10.000€ por cada acreedor. Los primeros 5.000€ son íntegros; del tramo 5.000€ a 10.000€ se exonera el 50%. El resto se incluye en el plan de pagos o se liquida con el patrimonio.
¿Pierdo mi vivienda habitual si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?
No necesariamente. La vivienda habitual puede protegerse si eliges la modalidad de exoneración con plan de pagos (EPI-PP), que permite conservar el patrimonio a cambio de un plan de hasta 3 años. Si optas por liquidación y la vivienda tiene hipoteca al corriente de pago, también puede mantenerse mientras cumplas con las cuotas.
¿Cuánto tarda el procedimiento de Segunda Oportunidad?
Entre 6 y 12 meses en la mayoría de casos. Los tiempos dependen del juzgado mercantil competente (Madrid suele ir más rápido que Vigo), de la complejidad del patrimonio y de si hay oposición de algún acreedor. En casos sencillos sin oposición, se puede resolver en 4-6 meses.
¿Cuándo dejan de llamarme los acreedores y las agencias de recobro?
Desde el momento en que el juzgado admite a trámite la solicitud de concurso, se paralizan todas las acciones de cobro, embargos y procedimientos ejecutivos. Suele ocurrir entre 2 y 6 semanas desde que presentamos la solicitud. A partir de ahí, cualquier llamada puede derivarse al despacho.
¿Qué deudas no se pueden cancelar?
No son exonerables las deudas por alimentos, las derivadas de responsabilidad civil por delito, las multas penales, y las deudas con Hacienda y Seguridad Social que superen el umbral legal (10.000€ por acreedor). Las deudas bancarias, con financieras, proveedores, alquileres y suministros sí son cancelables en su totalidad.
¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad con FZ Abogados?
Lo explicamos con todo detalle en nuestra página de tarifas. El precio incluye todo el procedimiento: análisis de viabilidad, redacción de la solicitud, representación ante el juzgado y gestión hasta la exoneración. La primera consulta es siempre gratuita.
Un primer paso no te compromete a nada
Envíanos un resumen de tu situación. En menos de 24 horas te decimos si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y cuál sería el camino para tu caso concreto.