Embargo de nómina
El que más urgencia genera: cada mes pierdes parte del sueldo. Al admitirse el concurso, se suspende el embargo y recuperas la nómina íntegra desde ese momento.
La admisión a trámite del concurso de Ley de Segunda Oportunidad suspende automáticamente los embargos activos y bloquea los futuros. Actúa antes de la subasta: cada día cuenta.
Los embargos más comunes tienen el mismo remedio: la admisión a trámite del concurso los suspende automáticamente. La diferencia está en la urgencia de actuar según el tipo.
El que más urgencia genera: cada mes pierdes parte del sueldo. Al admitirse el concurso, se suspende el embargo y recuperas la nómina íntegra desde ese momento.
El banco te bloquea el saldo para responder al acreedor. Puede dejarte sin acceso a tu dinero de un día para otro. La suspensión concursal libera el saldo futuro y el embargado no reclamado.
El caso más grave. La ejecución hipotecaria, el embargo de vehículo o bienes se suspende al admitir el concurso, incluso si ya hay subasta programada (pero antes de la adjudicación).
Si tienes subasta programada: el tiempo es crítico. Llámanos hoy mismo al 919 93 25 80 para analizar si podemos presentar el concurso antes de la fecha de subasta.
Desde la admisión a trámite del concurso, se paralizan automáticamente todas las ejecuciones con algunas excepciones limitadas que te explicamos aquí.
Las excepciones están taxativamente recogidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal. En tu caso concreto te detallamos qué embargos se paralizan exactamente y cuáles no, antes de firmar nada.
Llámanos hoy mismo. Si hay urgencia acreditada, preparamos y presentamos el expediente en 10-15 días para anticipar la paralización.
Llamar ahora · 919 93 25 80En casos de urgencia, trabajamos con plazos muy ajustados. El objetivo es presentar el concurso cuanto antes para que la admisión a trámite pare los embargos.
Analizamos los embargos vigentes, las notificaciones recibidas y las fechas clave (subastas programadas, plazos procesales). Identificamos cuáles podemos paralizar con el concurso y cuáles requieren impugnación directa previa.
Aceleramos la recopilación documental y la redacción del expediente concursal. En casos críticos (subasta programada, embargo masivo), tramitamos en 10-15 días. Presentamos ante el juzgado mercantil con solicitud de admisión preferente cuando hay riesgo acreditado.
El juez admite a trámite el concurso. Desde ese momento todos los embargos quedan suspendidos automáticamente. Notificamos a los acreedores, al juzgado de ejecución y a la empresa pagadora (para la nómina) para que ejecuten la suspensión inmediata.
El juez dicta el auto de exoneración del pasivo insatisfecho. Las deudas exonerables quedan canceladas con efectos plenos y los embargos suspendidos quedan definitivamente extinguidos, no reactivados. Tu caso queda cerrado y empiezas de cero sin deudas previas pendientes.
El auto de admisión a trámite es el punto de inflexión. Desde ese día, tu situación cambia drásticamente.
Un único precio por el procedimiento completo, desde el análisis urgente hasta el cierre del caso. Sin coste adicional por tramitación acelerada en urgencias.
La paralización es automática desde la admisión a trámite del concurso por parte del juzgado. El tiempo entre la presentación de la solicitud y la admisión suele ser de 2 a 6 semanas dependiendo del juzgado competente. Durante la preparación del expediente, si hay urgencia acreditada, podemos solicitar medidas cautelares para anticipar efectos.
Sí. La suspensión de ejecuciones alcanza a todos los procedimientos, incluidos los de apremio administrativo de Hacienda y TGSS. Desde la admisión a trámite del concurso quedan paralizadas todas las ejecuciones activas independientemente del acreedor, con algunas excepciones muy limitadas (pensiones de alimentos, ejecuciones ya en fase de adjudicación con puja pública programada).
En casos muy concretos sí: si el embargo es defectuoso formalmente, si excede del mínimo inembargable legal, si afecta a bienes no embargables, o si hay error en la cantidad reclamada. Estos casos se atacan con tercería o impugnación, no con concurso. Analizamos cada caso y te decimos si cabe esta vía antes que la concursal.
Si la subasta está programada pero no celebrada, la admisión a trámite del concurso la suspende. Si ya hubo subasta y el inmueble fue adjudicado, el concurso no puede revertir la adjudicación salvo que haya defectos procesales graves impugnables. Por eso el tiempo es crítico: cuanto antes se actúa, más opciones hay de conservar el patrimonio.
Es posible que los acreedores inicien nuevas acciones durante las semanas de preparación, porque la protección legal solo empieza con la admisión a trámite. Por eso trabajamos con plazos muy ajustados en casos de urgencia: preparamos y presentamos el expediente en 10-15 días si la situación lo requiere. También podemos solicitar medidas cautelares en casos extremos.
La Ley de Enjuiciamiento Civil establece que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable por completo. A partir de ahí se aplican tramos: 30% del primer sueldo superior al SMI, 50% del segundo, 60% del tercero, y así hasta el 90% del quinto. Si tu embargo excede estos tramos, se puede impugnar directamente sin necesidad de concurso.
Sí. Desde la admisión a trámite del concurso, el embargo sobre la nómina queda suspendido y cobras tu nómina íntegra (descontando solo las retenciones habituales de IRPF y Seguridad Social). Esto supone habitualmente un alivio económico significativo desde el primer mes.
En casos con embargos activos o subastas programadas, cada día cuenta. Por eso atendemos directamente llamadas urgentes y te asignamos un abogado con nombre y apellido desde el primer contacto, sin intermediarios.
Derecho mercantil y concursal
Dirige la estrategia procesal y asume la representación directa ante juzgados mercantiles desde 2015.
Ver perfil profesionalDerecho fiscal y tributario
Aporta el análisis de deudas tributarias y el asesoramiento fiscal posterior a la exoneración.
Ver perfil profesionalLlámanos hoy mismo y analicemos tu caso en 24 horas. Si hay subasta programada o embargos masivos activos, aceleramos la presentación para que la paralización llegue lo antes posible.