Servicio urgente

Paraliza los embargos sobre tu nómina, cuenta o bienes

La admisión a trámite del concurso de Ley de Segunda Oportunidad suspende automáticamente los embargos activos y bloquea los futuros. Actúa antes de la subasta: cada día cuenta.

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Tipos de embargo

¿Qué embargo tienes encima?

Los embargos más comunes tienen el mismo remedio: la admisión a trámite del concurso los suspende automáticamente. La diferencia está en la urgencia de actuar según el tipo.

Embargo de nómina

El que más urgencia genera: cada mes pierdes parte del sueldo. Al admitirse el concurso, se suspende el embargo y recuperas la nómina íntegra desde ese momento.

Embargo de cuenta bancaria

El banco te bloquea el saldo para responder al acreedor. Puede dejarte sin acceso a tu dinero de un día para otro. La suspensión concursal libera el saldo futuro y el embargado no reclamado.

Embargo de bienes o vivienda

El caso más grave. La ejecución hipotecaria, el embargo de vehículo o bienes se suspende al admitir el concurso, incluso si ya hay subasta programada (pero antes de la adjudicación).

Si tienes subasta programada: el tiempo es crítico. Llámanos hoy mismo al 919 93 25 80 para analizar si podemos presentar el concurso antes de la fecha de subasta.

Qué se paraliza y qué no

Alcance de la suspensión de ejecuciones

Desde la admisión a trámite del concurso, se paralizan automáticamente todas las ejecuciones con algunas excepciones limitadas que te explicamos aquí.

Sí se paralizan

  • Embargos judiciales civiles sobre nómina
  • Embargos sobre cuentas bancarias
  • Embargos sobre vehículos u otros bienes muebles
  • Ejecuciones hipotecarias antes de adjudicación
  • Procedimientos de apremio administrativo de Hacienda
  • Procedimientos ejecutivos de la Seguridad Social
  • Nuevos embargos que quieran iniciar acreedores

No se paralizan

  • Ejecuciones con pujas públicas ya programadas e inminentes
  • Adjudicaciones ya formalizadas antes del concurso
  • Reclamaciones de pensiones de alimentos (hijos, cónyuge)
  • Ejecuciones por responsabilidad civil derivada de delito
  • Embargos de créditos contra la masa (posteriores al concurso)
  • Garantías reales sobre bienes no necesarios para la actividad

Las excepciones están taxativamente recogidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal. En tu caso concreto te detallamos qué embargos se paralizan exactamente y cuáles no, antes de firmar nada.

Cada día cuenta cuando hay embargos activos

Llámanos hoy mismo. Si hay urgencia acreditada, preparamos y presentamos el expediente en 10-15 días para anticipar la paralización.

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Paso a paso

Así paralizamos tus embargos

En casos de urgencia, trabajamos con plazos muy ajustados. El objetivo es presentar el concurso cuanto antes para que la admisión a trámite pare los embargos.

1

Análisis urgente de embargos activos

Mismo día / 24 horas

Analizamos los embargos vigentes, las notificaciones recibidas y las fechas clave (subastas programadas, plazos procesales). Identificamos cuáles podemos paralizar con el concurso y cuáles requieren impugnación directa previa.

2

Preparación y presentación urgente

10–15 días en urgencia

Aceleramos la recopilación documental y la redacción del expediente concursal. En casos críticos (subasta programada, embargo masivo), tramitamos en 10-15 días. Presentamos ante el juzgado mercantil con solicitud de admisión preferente cuando hay riesgo acreditado.

3

Admisión a trámite y suspensión automática

2–6 semanas

El juez admite a trámite el concurso. Desde ese momento todos los embargos quedan suspendidos automáticamente. Notificamos a los acreedores, al juzgado de ejecución y a la empresa pagadora (para la nómina) para que ejecuten la suspensión inmediata.

Auto de exoneración y cierre definitivo

Entre 3 y 9 meses · Caso cerrado

El juez dicta el auto de exoneración del pasivo insatisfecho. Las deudas exonerables quedan canceladas con efectos plenos y los embargos suspendidos quedan definitivamente extinguidos, no reactivados. Tu caso queda cerrado y empiezas de cero sin deudas previas pendientes.

El momento clave

Qué cambia desde la admisión a trámite del concurso

El auto de admisión a trámite es el punto de inflexión. Desde ese día, tu situación cambia drásticamente.

ANTES de la admisión

Tu situación hasta hoy

  • Nómina mermada mes tras mes por el embargo
  • Cuenta bancaria bloqueada total o parcialmente
  • Acreedores llamando continuamente a casa
  • Riesgo de nuevos embargos sumándose al actual
  • Subasta inminente si hay ejecución hipotecaria
DESDE la admisión

Tu situación desde el día siguiente

  • Nómina íntegra desde el mes siguiente al auto
  • Cuentas bancarias desbloqueadas
  • Los acreedores deben dirigirse al juzgado, no a ti
  • Prohibición de nuevos embargos durante el concurso
  • Ejecuciones hipotecarias suspendidas (pre-subasta)
Precio cerrado, sin sorpresas

Qué incluye el servicio urgente

Un único precio por el procedimiento completo, desde el análisis urgente hasta el cierre del caso. Sin coste adicional por tramitación acelerada en urgencias.

  • Análisis urgente de embargos en 24 horas. Identificamos fechas críticas, subastas programadas y plazos procesales.
  • Preparación acelerada del expediente. En casos críticos, presentamos en 10-15 días para anticipar la paralización.
  • Notificación a todas las partes tras la admisión. Juzgados de ejecución, empresa pagadora, bancos y administraciones públicas.
  • Solicitud de medidas cautelares si procede. En casos con subasta inminente, solicitamos suspensión preventiva antes de la admisión formal.
  • Tramitación completa hasta el auto de exoneración. Incluye todas las fases: admisión, publicaciones, oposiciones y auto final.
  • Atención prioritaria en situaciones críticas. Línea directa con el abogado asignado, con respuesta el mismo día ante cualquier notificación judicial.
Ver tarifas detalladas
Las dudas más frecuentes

Lo que preguntan con embargos activos

¿En cuánto tiempo se paraliza un embargo con Segunda Oportunidad?

La paralización es automática desde la admisión a trámite del concurso por parte del juzgado. El tiempo entre la presentación de la solicitud y la admisión suele ser de 2 a 6 semanas dependiendo del juzgado competente. Durante la preparación del expediente, si hay urgencia acreditada, podemos solicitar medidas cautelares para anticipar efectos.

¿Se paralizan también los embargos de Hacienda y Seguridad Social?

Sí. La suspensión de ejecuciones alcanza a todos los procedimientos, incluidos los de apremio administrativo de Hacienda y TGSS. Desde la admisión a trámite del concurso quedan paralizadas todas las ejecuciones activas independientemente del acreedor, con algunas excepciones muy limitadas (pensiones de alimentos, ejecuciones ya en fase de adjudicación con puja pública programada).

¿Puedo parar un embargo sin acogerme al concurso?

En casos muy concretos sí: si el embargo es defectuoso formalmente, si excede del mínimo inembargable legal, si afecta a bienes no embargables, o si hay error en la cantidad reclamada. Estos casos se atacan con tercería o impugnación, no con concurso. Analizamos cada caso y te decimos si cabe esta vía antes que la concursal.

¿Qué pasa si ya hay una subasta de vivienda programada?

Si la subasta está programada pero no celebrada, la admisión a trámite del concurso la suspende. Si ya hubo subasta y el inmueble fue adjudicado, el concurso no puede revertir la adjudicación salvo que haya defectos procesales graves impugnables. Por eso el tiempo es crítico: cuanto antes se actúa, más opciones hay de conservar el patrimonio.

¿Me van a embargar más mientras preparáis el expediente?

Es posible que los acreedores inicien nuevas acciones durante las semanas de preparación, porque la protección legal solo empieza con la admisión a trámite. Por eso trabajamos con plazos muy ajustados en casos de urgencia: preparamos y presentamos el expediente en 10-15 días si la situación lo requiere. También podemos solicitar medidas cautelares en casos extremos.

¿Qué parte de la nómina se puede embargar y cuál es inembargable?

La Ley de Enjuiciamiento Civil establece que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable por completo. A partir de ahí se aplican tramos: 30% del primer sueldo superior al SMI, 50% del segundo, 60% del tercero, y así hasta el 90% del quinto. Si tu embargo excede estos tramos, se puede impugnar directamente sin necesidad de concurso.

¿Puedo seguir trabajando y cobrando la nómina íntegra durante el procedimiento?

Sí. Desde la admisión a trámite del concurso, el embargo sobre la nómina queda suspendido y cobras tu nómina íntegra (descontando solo las retenciones habituales de IRPF y Seguridad Social). Esto supone habitualmente un alivio económico significativo desde el primer mes.

Juan M. Vidal Boso y Almudena Carracedo Troncoso, abogados de FZ Abogados Segunda Oportunidad
Atención presencial en Madrid y Vigo Videollamada en toda España
Quién te representa

Dos abogados colegiados, no un call center

En casos con embargos activos o subastas programadas, cada día cuenta. Por eso atendemos directamente llamadas urgentes y te asignamos un abogado con nombre y apellido desde el primer contacto, sin intermediarios.

Juan M. Vidal Boso

ICA Vigo Nº 4085

Derecho mercantil y concursal

Dirige la estrategia procesal y asume la representación directa ante juzgados mercantiles desde 2015.

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Almudena Carracedo Troncoso

ICA Vigo Nº 4022

Derecho fiscal y tributario

Aporta el análisis de deudas tributarias y el asesoramiento fiscal posterior a la exoneración.

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Cada día cuenta cuando hay embargos activos

Llámanos hoy mismo y analicemos tu caso en 24 horas. Si hay subasta programada o embargos masivos activos, aceleramos la presentación para que la paralización llegue lo antes posible.

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